Formulario PS 6.76 - Qué es, para qué sirve, y cómo descargar y tramitar

Los organismos públicos del estado y otras entidades, trabajan sus trámites a través de una gran cantidad de formularios. Los cuales, en muchas ocasiones no conocemos realmente su función o para qué son necesarios. En este caso, el formulario PS 6.76 es perteneciente al ANSES y por ello, tiene una importante función en esta entidad; como lo es la asignación de la pensión por fallecimiento de un jubilado, conoce más detalles aquí.

Anses jubilados
Índice

    ¿Qué es la pensión por fallecimiento de un jubilado?

    El ANSES es la principal entidad encargada de la gestión de contribuciones al estado provenientes de la vida laboral; la cual, puede ser independiente a través de la modalidad monotributista; o dependiente en el caso de trabajar para empresas y otros establecimientos. De este modo, el contribuyente tendrá derecho a recibir una pensión contributiva o jubilación; siempre que cumpla con la cantidad de aportes, edad necesaria y el resto de recaudos.

    Sin embargo, existe la posibilidad de que este contribuyente, al cual ya se ha asignado la pensión contributiva; fallezca por diferentes causas y no pueda continuar recibiendo el abono de su pensión naturalmente. En ese caso, se puede solicitar la pensión por fallecimiento de un jubilado por parte de familiares directos; siempre y cuando cumplan con los requisitos para cada caso, entre los que se encuentra el formulario PS 6.76.

    ¿Quién puede solicitar la pensión por fallecimiento de un jubilado?

    formulario PS 6.76 ANSES

    Como mencionamos, esta pensión puede ser solicita por un familiar en línea directa del falleció, es decir; esposa, conyugue e hijos, así como también, en algunos casos especiales, podrá ser solicitada por un abogado o gestor en su nombre. Por supuesto, para procesar esta solicitud se debe completar una serie de requisitos y presentar la documentación necesaria, los requisitos generales son:

    •  Ser Viuda/o del jubilado fallecido.
    •  Conviviente o conyugue del fallecido, quien deberá presentar pruebas de convivencia 5 años previos al fallecimiento; o bien, 2 años previos en caso de tener hijos en común reconocidos por ambas partes.
    •  Hijo/a soltero hasta 18 (dieciocho) años y que no perciba otra prestación.
    •  Hija viuda hasta 18 (dieciocho) años y que no perciba otra prestación.
    •  Hijo/a incapacitado sin límite de edad, si para el momento del fallecimiento se encontraba incapacitado para el trabajo o declarado en discapacidad antes de los 18 años de edad.
    •  El fallecimiento del jubilado de estar acreditado en la Base de Datos de Personas del ANSES.
    •  Presentar el formulario PS 6.76 en caso de no encontrarse la información bancaria en la base de datos.

    Requisitos propios si es conyugue o conviviente

    •  DNI, LC o LE, de no poseer ninguno, presentar constancia de tramitación.
    •  Formulario PS.6.9 "Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562".
    •  Si el causante obtuvo la prestación incluyendo adhesión al plan de facilidades moratoria Ley Nº 24.476 y, existieran cuotas pendientes de pago, deberá presentar:
      •  Formulario PS.6.279 "Aceptación de descuento de cuota de moratoria de la prestación de pensión" firmado por el titular.
      •  Formulario PS.6.284 "Declaración Jurada sobre la eventual percepción de prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad" firmado por el titular.

    Requisitos para hijos incapacitados

    •  Certificado de escolaridad regular, original y copia.
    •  Formulario PS.6.9 “Declaración Jurada Art. 1º Ley Nº 17.562".
    •  Formulario P.S.6.12 "DDJJ dependencia económica titular"
    •  Formulario P.S.6.13 "DDJJ dependencia económica testimonial"

    Requisitos para hijo huérfano de padre y madre

    •  Testimonio de tutoría o curatela con la debida certificación y aceptación que permita manejar haberes devengados, original y copia. Los siguientes recaudos deben ser presentados por el represéntate legal presente en este testimonio.
    •  DNI, LC o LE del representante o tutor legal
    •  Formulario PS.6.4 "Carta Poder" (Original), sólo en caso de no ser incluido en el Formulario de Solicitud de Prestaciones Previsionales.
    •  Formulario PS.6.9 "Declaración Jurada Art. 1º Ley Nº 17.562", debidamente cumplimentado por el solicitante y certificada la firma por autoridad competente.
    •  Si es abogado o gestor, deberá estar registrado en la Base de Gestores de ANSES como abogado/gestor habilitado. Si no está registrado, deberá presentar:

    Requisitos para profesional Abogado

    •  Credencial habilitante.
    •  DNI y fotocopia de la 1a y 2a hoja.
    •  Nota del profesional solicitando su incorporación al registro de abogados de ANSES.

    Requisitos para gestores

    •  DNI y fotocopia de la 1ra y 2da hoja.
    •  Nota solicitando su incorporación al registro de gestores de ANSES.

    ¿Qué es el formulario PS 6.76 y cómo lo descargo?

    Modelo formulario 6.67

    El formulario PS 6.76, es un documento facultado por el ANSES que permite solicitar la información bancaria del fallecido; es decir, que es un formulario capaz de solicitar ante las entidades bancarias, que se emita información sobre los movimientos bancarios al ANSES. El cual, solo es necesario para conocer cuales cuotas correspondientes al pago de la jubilación fueron cobradas; así como también, si están vigentes en la actualidad para proceder al cobro.

    Este formulario, fue creado para que los banco emitan la información necesaria a la brevedad posible; solo tiene efecto y causa cuando en la base de datos del ANSES no se dispone de esta información antes citada. La cual, es fundamental para determinar el pago de la pensión por fallecimiento de un jubilado; puesto que, se debe hacer el retroactivo de las cuotas no cobradas y vigentes al solicitante.

    • Accede al formulario PS 6.76 ingresando aquí.

    ¿Cómo funciona el formulario PS 6.76?

    Este formulario, se encuentra con facilidad en la red o algunas de las oficinas del ANSES cercanas a su localidad. En el, se expresa la solicitud del ANSES de recibir la información requerida de la cuenta bancaria del fallecido; la cual, será plasmada en el propio formulario en las casillas dispuestas para completar dichos datos. Eventualmente, la información debe ser concedida al solicitante o representante que realiza el trámite; por lo cual, es el quien debe presentar el formulario ya lleno y validado por la entidad bancaria.

    ¿Cómo es el trámite para la pensión fallecimiento?

    Una vez que consiga todos los recaudos y documentos necesarios, este trámite es de tipo presencial en el ANSES; quiere decir, que deberá solicitar el respectivo turno ANSES para presentar la documentación y que esta sea revisada y validada. Para solicitar los turnos, puede hacerlo llamando al número 130 o a través del sitio web del ANSES en la sección de turnos. Posterior a la revisión y comprobación de los datos, la pensión será asignada.

    En conclusión, el formulario PS 6.76 es de gran utilidad en el trámite de la pensión por fallecimiento de un jubilado. Debido a que, permite que el ANSES acceda a la información bancaria del fallecido, para comprobar el estatus de las cuotas; así, posterior al procesamiento de la solicitud, podrá recibir la cantidad correspondiente a todas las cuotas no cobradas y vigentes. Para luego, seguir cobrando el beneficio básico mensual hasta que caduque la asignación.

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