Conoce qué es y cómo sacar el certificado de supervivencia

Todo ciudadano argentino que se encuentre jubilado y/o pensionado debe contar con su certificado de supervivencia. Esto debido a qué para cobrar sus haberes en el país, debe dar fe de vida de forma periódica ante la entidad bancaria o centro de pago.

Cabe destacar que cada entidad la modalidad y periodicidad de este trámite el cual es obligatorio cumplir. De hecho, de no cumplir con el mismo en el plazo establecido, no puedes cobrar. Sino, hasta tanto lleves a cabo la supervivencia, que será cuando se reactivará tu pago de forma automática.

Este trámite es llevado a cabo de diferentes formas, todo dependiendo del banco donde hagas tus cobros y si vives dentro o fuera del país. Hoy traemos a ti, toda la información que necesitas acerca del certificado de supervivencia, que como ya mencionamos es obligatorio y no debes dejarlo para después.

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Índice

    ¿Qué es el certificado de supervivencia?

    El certificado de supervivencia es una constancia o documento que certifica que una persona jubilada o pensionada, está viva. Como se dijo al comienzo, este tiene carácter obligatorio. Así mismo es muy importante tener muy claro que es ante las entidades bancarias donde se hace el depósito de este beneficio. Y son ellas las que determinan la manera de realizarlo y su frecuencia.

    Este documento sirve de prueba para los bancos pueden seguir siendo el intermediario ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y los pensiones y jubilados. Esta es una forma de lograr eludir el fraude en el uso y recepción de los recursos, tratando de esta forma que estos lleguen realmente al beneficiario.

    ¿Para qué necesitas el certificado supervivencia?

    El certificado de supervivencia, también llamado fe de vida, es imprescindible para que la persona beneficiaria pueda continuar recibiendo su asignación por jubilación y/o pensión. Así mismo, el mismo es una garantía para el Estado, de que dicho recurso se está usando para su fin.

    Forma de obtener el certificado de supervivencia

    Dicho documente puede ser obtenido de varias maneras: de forma presencial, a través de internet y/o por correo postal, usando las entidades acreditadas para estos fines. No hay que olvidar que la institución que se encarga de la emisión de este documento es el ANSES(Administración Nacional de la Seguridad Social), si el proceso correspondiente se cumple a cabalidad.

    Así mismo, se debe tener muy en cuenta que cada entidad bancaria dictamina la forma y frecuencia en que este trámite debe realizarse. Ahora bien, las personas que se encuentran dentro del país, tienen las opciones siguientes:

    •  Debe llevar a cabo el retiro del dinero que corresponde a su pensión y/o jubilación por la ventanilla de la entidad bancaria.
    •  La tarjeta de crédito o débito afiliada a la cuenta bancaria donde son depositados los haberes, debe ser usada para pagar cualquier compra.
    •  En los dispositivos electrónicos usados por las entidades bancarias, debe colocar su huella digital.
    •  En un Terminal de Autoconsulta de ANSES.

    Ahora bien, las personas que están fuera del país, ya sea jubilado y/o pensionado, debe ponerse en contacto con la embajada o consulado de Argentina, para poder llevar a cabo el trámite. Claro está, esto dependerá del lugar donde se encuentre.

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    Documentación necesaria para obtener tu certificado de supervivencia

    Primeramente, tanto pensionados, jubilados como sus apoderados, deben tener el registro de sus huellas dactilares. De hecho, ANSES brinda el método "Mi Huella", por medio de la digitalización de las huellas dactilares, para hacer más fácil diversos trámites. Este es un trámite que la mayoría de las personas prefieren hacerlo personalmente. Debiendo esperar su turno respectivo, en la hora y fecha que les fue asignado en su documento de identidad.

    Para registrar tu huella debes:

    Registrar huella ANSES

    Ingresar en la página del ANSES y haz clic en la opción "Mi ANSES" y sigue las instrucciones que va dando el sistema, para saber si tienes tu huella registrada.

    Pasos para registrar huella

    En caso de que no estés registrado, deberás hacer clic en la opción “Crea tu cuenta”. Acepta las políticas de privacidad.

    Completa la información solicitada y haz clic en la opción “Continuar”.

    Una vez registrado ingresa en la página nuevamente y haz clic en la opción Sacar turno.

    Sacar turno para registrar huella digital

    Completa la información que se solicita y haz clic en “Continuar”. Luego de esto sigue las instrucciones del sistema.

    En el caso de que el beneficiario (pensionado y/o jubilado), esté fuera del país, este deberá dejar un poder a un familiar. Siempre y cuanto este haya sido elaborado en Argentina. Para llevar a cabo la revisión de como van los pasos de su poder puede consultar a “Mi Huella”.

    Vale destacar que si estas en la ciudad de Argentina, tienes la opción de completar este requisito de la huella. Acudiendo a cualquiera de las oficinas de ANSES que esté más cercana a tu casa y entre otros sitios, en las entidades bancarias.

    Caso de extensiones

    Se pueden hacer extensiones de huella cuando:

    • Por ser descartada, la huella no es registrada. En estos casos el interesado debe asistir a ANSES. Dar explicación de su situación y ellos puedan verificar y registren la solicitud de exención. En el mismo, no hace falta el informe medio.
    •  La huella llega a presentar en ANDES, coincidencia con otros registros. La entidad bancaria, a través del ANSES, será informado sobre la situación. Y les será indicado que no deberán proceder con la huella y realicen los pagos del beneficio.
    •  Si al momento de registrar la huella, el apoderado presenta problemas en sus datos. Debe ir personalmente a la oficina más cercana, esperar su turno y presentar el documento nacional de identidad (DNI), formulario PS 6.4 carta de poder completo (Formulario en el enlace). De esta manera tendrá la oportunidad de resolver dicha situación.
    Carta de poder - formulario 6.4

    Como sacar el certificado si estás en el extranjero

    Los jubilados y/o pensionados residenciados fuera de Argentina deberán asistir a un consultado argentino. Y solicitar información sobre las maneras que brindan para solicitar el certificado de supervivencia. Sin embargo, a continuación, te presentamos los pasos generales.

    1. Consulados con habilitación electrónica

    Hay consulados que tienden a encargarse de hacer el envío de forma electrónica de los datos de supervivencia o Fe de vida la ANSES, sin que sea necesario llevar a cabo ninguna otra gestión. En el caso de aquellos jubilados y/o pensionados que tengan como apoderado una entidad bancaria para llevar a cabo el cobro en el exterior. Y hubieran hecho el registro de su fe de vida en un consulado de forma electrónica, no necesitan hacer la presentación de la fe de vida ante la entidad bancaria.

    2. Consulados sin habilitación electrónica o a través de otro ente autorizado en país extranjero

    En este caso, los jubilados y/o pensionados deberán presentar su fe de vida o certificado de supervivencia, de acuerdo a las condiciones siguientes:

    • Si ha autorizado un apoderado en Argentina, deberán enviarle el original del certificado de supervivencia a su apoderado. Este con su DNI, deberá presentar ante la oficina de ANSES: original del certificado de supervivencia y copia legalizada del DNI del jubilado y/o pensionado. Dicho certificado tendrá una validez de sesenta (60) días contados desde el momento de su emisión.
    • En caso de no contar con un apoderado en Argentina, el pensionado y/o jubilado, por vía postal deberá enviar a la ANSES: original del certificado de supervivencia y copia legalizada del DNI.

    3. Una entidad bancaria es la encargada como apoderada para el cobro

    En este caso el banco es el responsable de hacer la presentación del certificado de supervivencia a la ANSES, sin tener que hacer la presentación de documentos adicionales. Ahora bien, para que una entidad bancaria pueda ser nombrada como apoderado de cobro, debe contar entre sus servicios con la modalidad de “giro al exterior”.

    Entre los bancos que se conocen podemos mencionar:

    •  Banco de la Nación Argentina – Sucursal Apoderado Exterior (011-065).
    •  Banco de la Ciudad de Buenos Aires – Apoderado Pagos al Exterior (029-099).
    •  Bco. Patagonia S.A. – Casa Central Apoderado Exterior (034-059).
    •  Banco Credicop Coop. Ltdo. – Sucursal 099 Comercio Exterior (191-032).
    •  Banco Itau Argentina S.A. – Apoderado en el Exterior (259-050).
    •  Bco. Comafi – Casa Central Apoderado Exterior (299-001).
    •  Banco Piano S.A. – Suc. Casa Central Apod. Exterior (301-006).

    En aquellos casos en que el certificado de supervivencia, haya sido emitido por una autoridad de un país extranjero, posiblemente deba cumplirse con su legalización por parte del consultado argentino y/o ser apostillado en aquellos países que se encuentran afiliados a la Convención de la Haya (Ley N° 23.458).

    De igual forma, debe tenerse en consideración, que los certificados de supervivencia que son emitidos en otro idioma diferente al español, deben contar con su traducción. A menos que su redacción se haya realizado en un formulario y/o planilla con instrucciones en español y que requiera de traducción.

    Debido a que Argentina mantiene Convenios de Seguridad Social, hay países donde no se requiere de ni traducción, ni legalización del certificado de supervivencia. Estos países son: Bélgica, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Eslovenia, España, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, Perú, Portugal, Paraguay y Uruguay.

    Bases legales

    La obligación que tienen las entidades bancarias al momento de hacer la solicitud del certificado de supervivencia, esta sustentada legalmente en la Resolución 648 de ANSES. Donde se hace referencia al régimen incorporado para el reintegro de prestaciones de la seguridad social.

    Esta fue aprobada en 2013, con la única intensión de lograr mejorar los procedimientos de pago y supervivencia de las personas pensionadas y/o jubiladas, así como de sus apoderados.

    Es así como, está resolución tiende a incentivar a las entidades bancarias, en cada sucesión del pago y a incorporar las soluciones de control biométrico. Es por esto que cada oficina de los centros de pago, han colocado cajeros automáticos y demás instrumentos electrónicos.

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