Formulario 24476 – Carta Poder

Si ya cumplió la edad exigida para jubilarse, pero no reunió la cantidad de años de servicios con aportes que son obligatorios para realizar dicha solicitud, debe completar el Formulario 24476.

Para profundizar en este tema, ahora le presentaremos los aspectos más resaltantes del proceso para descargar y completar este formulario.

Índice

    ¿Qué es el Formulario 24476?

    El Formulario 24476, debe rellenarse y presentarse ante una Unidad de Atención Integral (UDAI) de la Administración Nacional de Seguros Sociales (ANSES), para poder pagar los años de servicios con aportes correspondientes al Seguro Social.

    Este procedimiento se lleva a cabo cuando las y los trabajadores autónomos o dependientes, cumplen la edad reglamentaria para ser jubilados, pero aun así no han acumulado la cantidad de años de aporte exigidos.

    De esta manera, existe la alternativa de pagar la deuda de dos formas, en un total de 60 cuotas, o al contado.

    ¿Cómo realizar el trámite?

    1. Haga clic aquí para acceder al portal oficial de la Administración Nacional de Seguros Sociales (ANSES).
    2. Ingrese el número de su CUIL o el de su apoderado.
    3. Pida turno para que lo atiendan.
    4. Reúna los requisitos y recaudos necesarios para completar el trámite.
    5. Asista con dichos documentos, en la fecha y hora asignadas, a la Unidad de Atención Integral (UDAI).

    Aspectos a tener en cuenta

    Tramitar este formulario es totalmente gratuito, luego solo deberá pagar las cuotas correspondientes para jubilarse por medio de la adhesión a una moratoria.

    También puede realizar la consulta a través de la línea telefónica 130 desde las 8 de la mañana hasta las 8 de la noche.

    Cuando vaya a completar el proceso, debe consignar también su Documento Nacional de Identidad (DNI), comprobante de afiliación a una Obra Social, comprobante de pagos realizados y la certificación de servicios.

    Por otra parte, debe saber que existen otras alternativas como el beneficio de prestación por edad avanzada o la pensión universal para adulto mayor. En cada caso deberá realizar un procedimiento diferente.

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